Horario flexible

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Dentro de las múltiples medidas de conciliación que puede plantearse poner en marcha una empresa se encuentra el horario flexible (ofrecer un margen de entrada y salida a los trabajadores para que puedan cubrir mejor sus necesidades personales y familiares). Ahora bien, si se fija el horario flexible, ¿se puede obligar a los empleados a que preavisen del horario que van a realizar para organizar mejor la actividad de la empresa y evitar un posible descontrol en la gestión del tiempo? La Audiencia Nacional acaba de responder a esa pregunta en una reciente sentencia que se reseñaa continuación.

Horario flexible: si no se fija expresamente que hay que preavisar el horario, la empresa no puede exigírselo a los trabajadores
Si el convenio obliga a la empresa a ofrecer un horario flexible (o ésta así lo pacta con los representantes de los trabajadores) y no se determina expresamente la obligación de los trabajadores de preavisar qué horario van a hacer, entonces la empresa no puede exigírselo unilateralmente (sent. de la AN de 28.07.14).

Un convenio colectivo de ámbito nacional, con el fin de facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, establecía una flexibilidad en los horarios de entrada y de salida de 30 minutos. Los adelantos o retrasos en el horario se recuperaban en el mismo día saliendo antes o después.

Una de las empresas en las que se aplicaba este convenio, tras implantar un sistema de control informatizado de horarios que le costó 140.000 euros, consideró que no era aplicable el sistema de flexibilidad horaria fijado por el convenio debido a que se había reducido un 40% de su facturación y a las dificultades que suponía controlar el horario flexible con el nuevo sistema informático.

El comité de empresa lo denunció a la Inspección de Trabajo, tras lo cual la empresa permitió nuevamente la flexibilidad horaria pero estableciendo la obligación de que cada trabajador comunicase previamente el horario de entrada y salida que iba a realizar. No obstante, la empresa permitía que se produjesen cambios en el horario inicialmente comunicado, lo cual también debería ser puesto en conocimiento de la empresa.

El sindicato mayoritario interpuso una demanda de conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional, que falla a su favor. En su sentencia, la AN deja claro que “el uso del derecho al horario flexible no está condicionado por el convenio a una obligación de comunicación previa del concreto horario de entrada o salida de cada trabajador”. Por tanto, si no se ha fijado expresamente este requisito, la empresa no puede implantarlo unilateralmente, “puesto que dicha restricción supondría reducir el derecho reconocido por el convenio en una forma no prevista por el mismo”.

Y en cuanto a la implantación del sistema de control informatizado de horarios, la AN entiende que aunque el control de horarios entra dentro del poder de dirección empresarial (art. 20.3 del ET), no es obligatorio para la empresa ni su implantación “puede constituir en ningún caso un requisito que pueda condicionar la efectividad del derecho a la flexibilidad horaria”.

LA UNION BANCARIA EN MARCHA

Buen articulo de Ontiveros

(bAg): Blog de economía de la AldEa Global

La Unión Bancaria (UB) acaba de iniciar su andadura: no hay mal que por bien no venga. Se trata, en efecto, de una de las pocas contrapartidas favorables de la larga crisis económica y financiera que está sufriendo la eurozona. Del carácter en gran medida existencial de esa crisis, en la medida en que ha llegado a cuestionar el diseño de la Unión Monetaria, la supremacía de las consideraciones políticas a las especificaciones técnicas, como las que sugería el paradigma de las “zonas monetarias óptimas”. Y otras exigencias complementarias como la existencia de una unión fiscal y la unión bancaria que ahora nace. Constituye de hecho una vía de perfeccionamiento la dinámica de integración monetaria.

La evaluación global a la banca – la revisión de la calidad de los activos y las pruebas de resistencia- cuyos resultados han sido conocidos hace quince días constituían la condición necesaria para que el…

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El valor económico de la paciencia

(bAg): Blog de economía de la AldEa Global

“La paciencia es amarga, pero sus frutos son dulces”. Esta frase del filósofo Jean Jacques Rousseau refleja muy bien la percepción que existe sobre esta facultad humana. El mensaje es que cuesta ser paciente, pero si lo somos, obtendremos frutos de ello. De hecho, el cristianismo identifica la paciencia como una de las virtudes a desarrollar por las personas. Sin embargo, ¿es esta intuición correcta en el ámbito económico?, ¿es cierto que las personas pacientes obtienen mayores frutos económicos que las impacientes?

En un artículo que se publicará próximamente en Economic Journal, los profesores Golsteyn, Grönqvist y Lindahl desarrollan un estudio empírico para responder esta cuestión. El primer paso es medir el nivel de paciencia que tiene una persona. Para ello, se realizó la siguiente pregunta a 13.606 adolescentes suecos: “¿Preferís recibir 900 coronas suecas hoy (alrededor de 100€) o 9000 coronas suecas en 5 años (alrededor de 1000€)?”. Los…

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Es la política

(bAg): Blog de economía de la AldEa Global

La apuesta era afrontar sin dilación la crisis económica para que los primeros logros de la ansiada recuperación aseguraran un horizonte libre de incertidumbre política a medio plazo. Planteamiento tan plausible como simplista, al que la realidad, siempre compleja, está poniendo bocabajo, pues es una crisis de índole política lo que no sólo amenaza con desestabilizar el marco institucional sino también con poner palos en las ruedas de la recuperación económica. No es la economía; la política es el problema.

Y de los varios rostros que este presenta, el principal no es, con ser grave, el del nuevo independentismo catalán, sino el de la crisis de liderazgo y de credibilidad que afecta a muchos de los actores de la escena pública y de modo fundamental a los políticos. La interminable sucesión de casos de corrupción es demoledora, actuando de disolvente del vínculo representativo en que se basa la democracia, deslegitimando…

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El teorema de Bayes y el ébola: una remedio contra otras patologías contagiosas

(bAg): Blog de economía de la AldEa Global

En 1763 se descubrió una de las vacunas más eficaces contra la mayoría de las enfermedades infecciosas. La cura del miedo no es otra que el teorema más famoso del matemático inglés Thomas Bayes, el cual lleva su nombre. Desde entonces, la inferencia bayesiana se ha aplicado a la bioestadística, y en espacial al diseño de políticas relacionadas con enfermedades infecciosas e incluso para trazar su origen.

La epidemia de ébola es un asunto serio y preocupante. Tanto, que deberíamos aplicar todo nuestro razonamiento para tratar de paliar la epidemia que se cobra miles de vidas en África. Por ejemplo, ¿es razonable poner en cuarentena a todo aquel pasajero que desembarque de un vuelo procedente de un país afectado por el contagio?

La alarma suscitada por el primer caso de ébola en Nueva York ha propiciado que varios estados Norteamericanos (Nueva York , Nueva Jersey e Illinois) decidieran poner…

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Indicador de coyuntura: Octubre 2014

(bAg): Blog de economía de la AldEa Global

El Ind-ALDE se ha actualizado para el mes de septiembre con los datos publicados hasta agosto de producción industrial y ventas y hasta septiembre de renta y afiliados. Una vez incorporados los nuevos datos, el valor del indicador en septiembre es de 1,81, frente a un 1,48 del mes de agosto. Este valor está en línea con el movimiento horizontal que observamos en el indicador desde que se inició el verano.

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En tasas de crecimiento interanuales, los indicadores individuales que forman parte del indicador compuesto muestran síntomas de deterioro, con excepción de las ventas. La producción industrial cayó en agosto un 1,8% frente a la subida de 1,1% en julio. La renta y los afiliados subieron en septiembre 2,7% y 2,0% frente a las subidas de 3,2% y 2,1% en agosto. Por contra, las ventas subieron en agosto 3,2%, bastante más que en julio cuando subieron 1,1%.

indicadoresComo conclusión, la…

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Una agenda para Europa

(bAg): Blog de economía de la AldEa Global

Son los objetivos, es el programa lo que importa, más que los nombres de quienes integrarán la próxima Comisión Europea, el nuevo Ejecutivo comunitario cuya toma de posesión está prevista para dentro de pocas semanas (1 de noviembre), después de un largo proceso de gestación, que alcanza su clímax en el examen de los candidatos por la Eurocámara. Lo principal ahora, dicho de otro modo, es acertar con la agenda de las instituciones europeas en la legislatura que se inicia.

Una legislatura crucial, probablemente, por la suma de factores y acontecimientos que en pocos meses han coincidido: dentro, los resultados de las elecciones del pasado 25 de mayo, expresando el alto grado de descontento y contestación ciudadana respecto a una situación sin nervio político y mediocres resultados económicos; fuera, en la frontera oriental, el conflicto de Ucrania y, al sur, en territorios de Siria e Irak, el desafío del Estado…

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Evolución histórica de las variables macroeconómicas fiscales de la economía española, 1964-2013, y proyecciones 2014-2017

(bAg): Blog de economía de la AldEa Global

En esta entrada del Blog se presenta la senda temporal de las principales variables macroeconómicas fiscales de las AA.PP. españolas (medidas en % del PIB) actualizadas para el periodo 1964-2013. En concreto, se ha añadido la cifra provisional del año 2013 y se han corregido también todas las cifras anteriores con datos actualizados de las nuevas series elaboradas por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Los datos provienen de las Cuentas Financieras de la Economía Española elaboradas por el Banco de España y de la Contabilidad Nacional de España elaborada por el INE. También se presentan previsiones de déficit público total (incluyendo los pagos de intereses de la deuda pública acumulada), del déficit público primario (sin incluir los pagos de intereses de la deuda pública acumulada) y del stock de deuda pública bruto (según la metodología del Déficit Público Excesivo), previsiones presentadas en el pasado mes de abril por el Ministerio…

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¿Es efectiva la publicidad en Internet?

(bAg): Blog de economía de la AldEa Global

Hace algunos días estuve mirando en Internet el precio de unos billetes de avión a una ciudad europea. Desde aquel momento, vaya a donde vaya en Internet me encuentro con un anuncio de una super-oferta de alguna compañía: “Vuele por 7€” “Últimas plazas”. Da lo mismo si he ido a mirar las últimas noticias del periódico o si he consultado cómo se traduce una palabra al inglés; ahí aparece el anuncio, incansable. No sé a vosotros, pero a mi esta publicidad intrusiva me pone un poco de los nervios. Motivado por esta experiencia, este post lo voy a dedicar a hablar sobre la publicidad en Internet y a mostrar alguna evidencia de si es rentable para las empresas que nos persigan con anuncios en la red.

Si lo pensamos un poco, Internet es una herramienta estupenda para hacer publicidad de un producto o servicio. Cuando una empresa pone un anuncio…

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¿Que esta pasando con las jubilaciones anticipadas de los 61 años??

Jubilacion_61

La jubilación anticipada actual se causa de forma voluntaria o de forma involuntaria, y la edad de dos o tres años antes de la edad ordinaria de jubilación, junto con los demás requisitos muchos trabajadores ya se están aprovechando de ello, también los autónomos.

Pero antes de estar vigentes estas modalidades de jubilación anticipada, que seran las que rijan en el futuro, habia una modalidad por la cual se podía causar jubilación si tenias cumplida la edad que sea inferior a cuatro años, como máximo, a la edad exigida que en cada caso resulte de aplicación, esto es la edad de 61 años.

Hay un grupo de cotizantes que todavía se pueden beneficiar del régimen de jubilaciones anticipadas que estaba vigente hasta diciembre de 2012. Se seguirá aplicando la legislación anterior siempre que se trate de personas que hayan sido despedidas (ya sea de forma improcedente, procedente, por ERE, etc.) antes del 1 de abril de 2013 y no vuelvan a darse de alta en el sistema, esto que va contra la creación de empleo.

Eso sí, deberán acceder a la jubilación anticipada antes del 1 de enero de 2019. Por eso, y siempre que cumplan los requisitos mínimos de cotización, serán los nacidos hasta 1957 quienes puedan jubilarse anticipadamente con las normas del antiguo sistema.

Entocnes, ¿Es posible jubilarse actualmente con 61 años?, la respuesta a esta pregunta es; si es posible, pero para ello el trabajador debe de reunir los requisitos que existian y además haber sido despedido antes de abril de 2013 o cuando la relación laboral se hubiara acabado por un ERE o por despido causas objetivas.

Quiere decir que no todo el mundo puede jubilarse anticipadamente, con 61 años. Hemos visto como varios de miles de personas han visto rechazadas sus solicitudes de jubilación, por el hecho de tener suscrito un convenio especial e interpretarse que estaban en diferente régimen del general, esto es que no se les podía aplicar la ley antigua con la que se podían jubilar a los 61, sino a los 63. Empleo ha dado marcha atrás y todos estos ciudadanos también podrán jubilarse anticipadamente, aunque tengan suscrito convenio especial, siempre que cumplan el resto de requisitos.

– tener 61 años.
– encontrarse inscritos en oficina de empleo como demandantes de empleo durante al menos seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de la jubilación.
– Acreditar un período de cotización efectiva de:
– 33 años, sin que a tales efectos, se tenga en cuanta la parte proporcional de pagas extraordinarias ni el abono de cotizaciones anteriores a 01-01-67.
– del período de cotización, al menos 2 deberán estar dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho o al momento en que ceso la obligación de cotizar.
– Que el cese en el trabajo se haya producido como consecuencia de una situación de reestructuración empresarial que impida la continuidad de la relación laboral.

Independientemente de su edad, es la fecha de la extinción de su contrato de trabajo la que marca la posibilidad de acogerse a la antigua o a la nueva jubilación anticipada. Si su cese ha sido posterior a 1 de abril de 2013, sigue pudiéndolo hacer a los 61 (cuatro años antes de la edad legal), pero solo si el cese ha sido «por causas objetivas, es decir, técnicas, organizativas, de producción o económicas, o a través de un ERE».