CAMBIOS EN AFILIACION EN EL Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en España a PARTIR DE 2023.

   El Real Decreto 504/2022,  de 27 de junio, publicado en el BOE  del 28/06/2022,  modifica el   Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de  datos de trabajadores en la Seguridad Social (Real Decreto 84/1996, de 26 de enero), y el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social (Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre), para actualizar esta regulación normativa a la cotización al RETA por ingresos reales.

A partir de 2023, en la solicitud de alta en el RETA, será necesario realizar una declaración de previsión de los rendimientos  económicos netos.

    A partir de 2023. La solicitud de alta de los trabajadores por cuenta propia deberá contener. Según el art. 302.b) del RD 84/1996, de 26 de enero, los siguientes datos:

1). Nombre   y apellidos, número   de la Seguridad Social,     número del documento   nacional de identidad o equivalente, domicilio, Fecha de iniciación de la actividad, grupo  de cotización, condiciones especiales de esta y, a efectos de la correspondiente a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, la actividad económica u ocupación desempeñada,  con arreglo a la tarifa de primas vigente.

 2. La actividad económica u  ocupación que  determina su inclusión en el RETA.

 3. La sede de la actividad, si fuera distinta al domicilio del trabajador.

4.  Razón social y número de identificación fiscal de las sociedades o comunidades  de  bienes de las que formen parte los trabajadores por cuenta propia incluidos en el régimen especial que corresponda.

S.  Desempeño   del  cargo de  consejero o administrador o prestación de otros servicios para la sociedad.

6.  Porcentaje de participación en el capital social.

7.  Nombre y apellidos y número del  documento nacional de identidad o equivalente de los familiares con los que conviva el trabajador autónomo.

8.  Número  de identificación fiscal de la empresa o empresas para las que se presten las actividades complementarias privadas.

9.  Nombre y apellidos y número del  documento nacional de identidad o equivalente del trabajador autónomo en cuya actividad económica o profesional trabajen los familiares.

10. Declaración de los rendimientos económicos netos que el trabajador autónomo prevea obtener durante el año natural en el que se produzca el alta por su actividad económica o profesional, de forma directa y/o por su participación en la sociedad o comunidad   de bienes  que  determine su inclusión en el régimen  especial que  corresponda, salvo en el caso de los miembros  de institutos de vida consagrada de la Iglesia Católica incluidos en el Régimen     Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por  Cuenta Propia o    Autónomos y de  los trabajadores por cuenta propia incluidos en los grupos segundo y tercero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

 La Administración de la Seguridad Social, podrá requerir para justificar la procedencia del alta o baja en el RETA la aportación de cierta   documentación.

         A través de medios electrónicos, las solicitudes de alta y de baja y las comunicaciones de variación de datos de trabajadores en este régimen especial deberán acompañarse de los documentos  y  medios de prueba  determinantes  de su procedencia. A tales efectos, la Tesorería General de la Seguridad Social podrá requerir la aportación de alguno o algunos de los que  a continuación se especifican (art. 46.5 del RD 84/1996, de 26 de enero, con efectos de 02/01/2023):

         – Documento   que  acredite que  el solicitante ostenta la titularidad de cualquier empresa individual o familiar o de un establecimiento abierto al público como propietario, arrendatario, usufructuario y otro concepto análogo o documento  acreditativo del cese en dicha titularidad.

         – Justificante de abonar el Impuesto sobre Actividades Económicas o cualquier otro impuesto por la actividad desempeñada o certificación de no abonar dicho impuesto, uno y otra referidos, como máximo, a los últimos cuatro años.

  –  Copia de las licencias, permisos o autorizaciones administrativas que sean necesarios para el ejercicio de la actividad de que se  trate y, en su defecto, indicación del organismo o administración que las hubiese concedido o copia de la documentación acreditativa de su extinción o cese.

  –  Copia del contrato celebrado entre el trabajador autónomo económicamente   dependiente  y su cliente, una vez registrado en el Servicio Público de Empleo Estatal, y copia de la comunicación al Servicio Público de Empleo Estatal de la terminación del contrato registrado.

  –  Documentos  que acrediten la participación del trabajador autónomo  en sociedades o comunidades    de bienes o su incorporación en colegios profesionales, determinante de su inclusión en este régimen especial.

  –  Declaración responsable del interesado y  cualesquiera otros documentos que le sean requeridos, a estos efectos, por la Tesorería General de la Seguridad Social.

    Otra novedad importante, es la posibilidad de cambiar de base de cotización , actualmente son 4 veces. A partir de 2023, podrá cambiarse hasta seis veces al año la base  de cotización: 1 de marzo; 1 de mayo; 1 de julio; 1 de septiembre; 1 de noviembre; 1 de enero (del año siguiente).

  Esta  posibilidad, pretende adaptar la cotización anual al RETA  a las fluctuaciones que son susceptibles de producirse en los ingresos de la actividad autónoma a lo largo de cada ejercicio. Con efectos del 02/01/2023, el art. 43 bis del Real Decreto 2064/1995, de  22 de diciembre, establece:

      Los  trabajadores  incluidos  en el campo   de aplicación  de    este régimen   especial podrán  cambiar    hasta seis veces  al     año  la base por la que vengan    obligados a cotizar, eligiendo  otra dentro de los  límites  mínimo y  máximo que  les resulten aplicables en  cada ejercicio, siempre que así lo soliciten a la Tesorería General de la Seguridad   Social, con los siguientes efectos:

      –  1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y  el último día natural del mes de febrero.

      –  1 de mayo,  si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de  abril.

      –  1 de julio, si la solicitud se Formula entre el 1 de mayo y el 30  de junio.

      –  1 de septiembre, si la solicitud se Formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.

      –  1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.

      –  1  de enero del año siguiente, si la solicitud se Formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

      Junto  con  la solicitud de cambio  de su base de cotización mensual,  los trabajadores  deberán efectuar una declaración de los rendimientos económicos   netos que  prevean obtener por su actividad económica   o profesional [siguiendo el art. 30.2.b). 9.0  del Real Decreto 84/1996, de 26  de enero].

      No   obstante, como  venía sucediendo, el  cambio voluntario de  base  de cotización se  encontrará  limitado en función  de las circunstancias  de  edad, condición, actividad, situación o  número   de trabajadores a su servicio (art. 43.2 del Real Decreto   2064/1995,  de 22 de diciembre). Es decir, determinados autónomos   solo podrán elegir una base que esté  comprendida entre los límites mínimo y máximo   establecidos específicamente para ellos en cada ejercicio por la  respectiva Ley de  Presupuestos  Generales del Estado.

    Como otra  novedad (con efectos del 02/01/2023), los trabajadores  autónomos   podrán solicitar que su base de cotización se  incremente automáticamente:

Evolución de la participación de la remuneración de los asalariados en el PIB de los EE.UU., 1947-2015

(bAg): Blog de economía de la AldEa Global

En el gráfico adjunto (hacer click sobre el mismo para verlo más grande) se muestra la evolución histórica de la participación de la remuneración de los asalariados en el PIB de los EE.UU. para el periodo 1947-2015.

Los datos nos indican que hay clara tendencia desde 1947 a la actualidad a una caída en la participación de la remuneración de los asalariados en el PIB en los EE.UU. El máximo se sitúa en 1970 con el 51,7% de la remuneración de los asalariados en el PIB y el mínimo histórico se ha situado en el 42% en 2011, en plena crisis financiera y económica. El último dato publicado para 2015 registra una ligera recuperación (44,3%) desde el mínimo de 2011.

Pero de estos datos no se puede derivar un caída de las rentas de los hogares. Este descenso se puede compensar con una subida de otras rentas que no sean…

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Las cifras actuales de la economía española que demuestran el fracaso del gobierno del partido popular.

A raíz de lo publicado en un artículo que lleva la firma de JORGE OTERO en http://www.publico.es/economia/maltrecha-espana-deja-rajoy-graficos.html demuestran claramente que los datos de la economía que deja el gobierno del PP, son claramente contradictorios con lo que el mismo gobierno nos quiere hacer creer. Estos datos muestran mayor desigualdad social y mayor pobreza. Estos son los diez indicadores del Fracaso con mayúsculas del gobierno del partido PoRajoypular.

01. Paro desbocado

Rajoy no paró de repetir durante toda la campaña que la prioridad de su Gobierno era que la economía creciera y crear así empleo. Un año después se puede concluir que el Gobierno del PP ha fracasado en este terreno: en el tercer trimestre de 2011 la tasa de paro se situaba en el 21,52%, según la Encuesta de Población Activa (EPA). Entonces había 4.978.300 parados. Un año después la tasa ha superado la barrera psicológica del 25% —en concreto está en el 25,02%— y el número de parados se acerca peligrosamente a los seis millones: ya son 5.778.100 personas sin empleo.

Pero lo más grave de todo es que a los pocos meses de llegar al poder el Gobierno reconoció su incapacidad para frenar el desempleo: en abril el ministro de Economía, Luis De Guindos, anunció que en 2015 la tasa de paro llegará al 22,3% en 2015 —año en el que termina la legislatura— y será casi tan alta como la de 2011, año que cerró con un desempleo del 22,85%.

02. Familias cada vez más pobres

El paro acarrea exclusión y menos riqueza. En los primeros seis meses de 2012 la riqueza de las familias bajó un 18,5%. Los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) son demoledores: según la encuesta de condiciones de vida, el porcentaje de familias que pasan muchas dificultades para llegar a final de mes ha pasado del 27,3% en 2011 al33,2% en 2012.

03. Prima de riesgo al alza

Durante muchos meses, cuando estaba en la oposición, el PP hizo de la prima de riesgo y de los problemas de España para financiarse en los mercados un caballo de batalla para desgastar al Ejecutivo socialista. «La prima de riesgo se llama José Luis Rodríguez Zapatero» llegó a decir en noviembre de 2010 la actual vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría.

En el PP se vendía la idea de que el diferencial de la deuda con Alemania bajaría nada más pisar Rajoy el palacio de La Moncloa. Nada más lejos de la realidad: el 18 de noviembre de 2011, viernes, la prima de riesgo cerró en 441 puntos básicos, un año después, el 19 de noviembre de 2012, el diferencial está en 454 puntos básicos. Durante el primer trimestre de 2012 el riesgo país llegó a bajar ligeramente, pero a partir de abril se disparó y alcanzó su máximo histórico en julio, cuando superó ampliamente los 600 puntos básicos.

04. Contracción del PIB

Otro de los mensajes que Rajoy repite machaconamente es que la economía española tiene que crecer. Sin embargo, la política económica del Gobierno ha sido y es una apuesta clara por la austeridad: en el último año Rajoy no ha aplicado ni una sola medida de crecimiento. El Producto Interior Bruto (PIB) se ha resentido ante los drásticos recortes aprobados por el PP. Los datos así lo avalan: hace un año la economía española aún crecía aunque ya empezara a ofrecer síntomas de estancamiento. Ahora no lo hace: el PIB español registró en el tercer trimestre de 2011 un crecimiento interanual del 0,8%; en el tercer trimestre de 2012 ha sufrido una caída interanual del 1,6%.

05. Déficit público: difícil de controlar

«No podemos gastar lo que no tenemos». Otro de los mantras de Rajoy antes, durante y después de la campaña electoral que le encumbró. El PP recriminó duramente al PSOE que fuera incapaz de cumplir con los objetivos de déficit público. De hecho, el Gobierno ha articulado toda su política en el control del déficit y no se ha cansado de repetir que reducir la diferencia entre los gastos y los ingresos es el primer paso para lograr el crecimiento. Pero por ahora, el PP también fracasa donde antes lo hizo el PSOE. En el otoño de 2011 el déficit público alcanzó el 3,42% del PIB y ahora, un año después, es incluso mayor: el último dato conocido lo sitúa en el 4,39%. Las previsiones en este campo son pesimistas: la UE y buena parte de los analistas creen que el déficit público a final de año estará en el entorno del 8% cuando el objetivo marcado por la UE es del 6,3%.

06. Aumento de la deuda pública

Hay otro indicador que denota la profunda degradación de la economía española: el aumento imparable de la deuda pública. En el tercer trimestre de 2012, justo antes de la llegada del PP al poder, la deuda pública alcanzaba el 66% del PIB. El año lo cerró en el 68,5%. Nueve meses después —segundo trimestre de 2012— la deuda pública ya roza el 76%. A finales de 2013 superará el 90% según todas las previsiones.

07. Crece la inflación

Ni la inflación ha dado una alegría al Gobierno del PP. En octubre de 2011 el Índice de Precios al Consumo (IPC) estaba en el 3%, mientras que en octubre de 2012 ha llegado al 3,5%. La subida del IVA aprobada por el Gobierno en julio —otra promesa incumplida de Rajoy— ha contribuido decisivamente al aumento de la inflación. A cuenta de este indicador, el Gobierno tendrá que tomar en menos de un mes una de sus decisiones más delicadas: si actualiza las pensiones conforme el desvío del IPC, lo que le obligaría a desembolsar 5.000 millones de euros, o si lo deja pasar y permite que los pensionistas pierdan poder adquisitivo.

08. La fuga de capitales se dispara

Rajoy aseguró a todo aquel que quiso escucharle que bajo su presidencia se recuperaría la confianza en la economía española. Tampoco ha sido así: en el último año la fuga de capitales se ha multiplicado por 620. Los inversores están retirando su dinero ante la parálisis económica en la que está inmersa España. Sólo hasta agosto la salida neta de capitales alcanzó los 247.172,7 millones de euros. En el mismo periodo de 2011 el saldo era también negativo, aunque sólo de 398 millones, de acuerdo con los últimos datos de la balanza de pagos publicados por el Banco de España.

09. La morosidad bate récords

La banca ha sido una de las grandes protagonistas del año económico. No sólo por el rescate que se aprobó el pasado mes de junio, o por la inyección de dinero público para tapar los agujeros de varias entidades, entre ellas la más importante, Bankia. En lo que se refiere al ciudadano medio, este año ha sido el año de los desahucios y de la morosidad, que no ha dejado de batir récords mes tras mes. Ayer mismo, lunes, la morosidad de la banca y de las entidades financieras alcanzaba el 10,71%. Es decir, uno de cada diez créditos no se paga. El volumen de estos créditos dudosos y de difícil cobro llega a 182. 226 millones de euros. En el último año la morosidad ha crecido un 42%: en octubre de 2011 estaba en el 7,41%, casi tres puntos y medio por debajo de la tasa actual.

10. Desahucios: 526 dramas diarios

Estrechamente ligado al problema de la morosidad aparece el problema de los desahucios. Han tenido que pasar casi 400.000 desde el inicio de la crisis para que el Gobierno tome cartas en el asunto. El problema de los desalojos ha copado la agenda política en las últimas semanas después de dos suicidios casi seguidos. El problema se ha agudizado en los últimos meses adquieriendo tintes dramáticos: en el segundo trimestre de 2012 los desahucios se dispararon hasta alcanzar una media de 526 al día, una cifra nunca antes vista. Ya en 2011 los desahucios tocaron su techo: se tramitaron 58.241 ese año, pero ha sido 2012 cuando la ciudadanía ha dicho basta.

 

 

Nuestro turno para comer (Our turn to eat)

Los sindicatos en España, un debate abierto

Los sindicatos en España, un debate abierto

A la vuelta del verano y con los datos de desempleo del mes de agosto encima de la mesa, nos encontramos con este artículo del rotativo británico The Economis sobre los grandes sindicatos y se pregunta sobre su papel en un escenario post-crisis.
Y en cuanto a los sindicatos españoles nos sorprende poniendo verdades como puños y les acusa de poner trabas a la recuperación económica del país. En su artículo titulado ‘Our turn to eat’ (‘Nuestro turno para comer’), la revista asegura que, en los últimos años, estas organizaciones se han dedicado a «defender el statu quo» y a frenar la creación de empleo.

Igualmente, recuerda el grave caso de corrupción que afecta a UGT en Andalucía, donde varios altos cargos del sindicato están siendo investigados por malversar fondos destinados a cursos de formación.

En el texto, también se hace referencia al caso de José Angel Fernández Villa, histórico líder sindical minero, investigado por Anticorrupción por presuntamente haber ocultado más de un millón de euros a Hacienda.

Papel durante y después de la crisis

The Economist hace estas referencias a España en un artículo dedicado al papel de los sindicatos en Europa durante y después de la crisis económica. En relación a nuestro país, con una de las tasas de afiliación más bajas del continente, la revista analiza cómo los trabajadores no vinculados a sindicatos ven a éstos más «como una parte del problema» y no como una solución a los graves problemas laborales que les afectan.

Horario flexible

Este post ha sido sacado de http://www.asesoriza.com

Dentro de las múltiples medidas de conciliación que puede plantearse poner en marcha una empresa se encuentra el horario flexible (ofrecer un margen de entrada y salida a los trabajadores para que puedan cubrir mejor sus necesidades personales y familiares). Ahora bien, si se fija el horario flexible, ¿se puede obligar a los empleados a que preavisen del horario que van a realizar para organizar mejor la actividad de la empresa y evitar un posible descontrol en la gestión del tiempo? La Audiencia Nacional acaba de responder a esa pregunta en una reciente sentencia que se reseñaa continuación.

Horario flexible: si no se fija expresamente que hay que preavisar el horario, la empresa no puede exigírselo a los trabajadores
Si el convenio obliga a la empresa a ofrecer un horario flexible (o ésta así lo pacta con los representantes de los trabajadores) y no se determina expresamente la obligación de los trabajadores de preavisar qué horario van a hacer, entonces la empresa no puede exigírselo unilateralmente (sent. de la AN de 28.07.14).

Un convenio colectivo de ámbito nacional, con el fin de facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, establecía una flexibilidad en los horarios de entrada y de salida de 30 minutos. Los adelantos o retrasos en el horario se recuperaban en el mismo día saliendo antes o después.

Una de las empresas en las que se aplicaba este convenio, tras implantar un sistema de control informatizado de horarios que le costó 140.000 euros, consideró que no era aplicable el sistema de flexibilidad horaria fijado por el convenio debido a que se había reducido un 40% de su facturación y a las dificultades que suponía controlar el horario flexible con el nuevo sistema informático.

El comité de empresa lo denunció a la Inspección de Trabajo, tras lo cual la empresa permitió nuevamente la flexibilidad horaria pero estableciendo la obligación de que cada trabajador comunicase previamente el horario de entrada y salida que iba a realizar. No obstante, la empresa permitía que se produjesen cambios en el horario inicialmente comunicado, lo cual también debería ser puesto en conocimiento de la empresa.

El sindicato mayoritario interpuso una demanda de conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional, que falla a su favor. En su sentencia, la AN deja claro que “el uso del derecho al horario flexible no está condicionado por el convenio a una obligación de comunicación previa del concreto horario de entrada o salida de cada trabajador”. Por tanto, si no se ha fijado expresamente este requisito, la empresa no puede implantarlo unilateralmente, “puesto que dicha restricción supondría reducir el derecho reconocido por el convenio en una forma no prevista por el mismo”.

Y en cuanto a la implantación del sistema de control informatizado de horarios, la AN entiende que aunque el control de horarios entra dentro del poder de dirección empresarial (art. 20.3 del ET), no es obligatorio para la empresa ni su implantación “puede constituir en ningún caso un requisito que pueda condicionar la efectividad del derecho a la flexibilidad horaria”.

Actualidad de las MODIFICACIONES SUSTANCIALES DE CONDICIONES DE TRABAJO.

La reforma laboral como venimos comentando ha sido muy profunda y extensa, uno de los capítulos importantes  de las medidas para favorecer la flexibilidad interna de las empresas como alternativa a la destrucción de empleo, junto con los temas estrella, salarios y traslados, son las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.

Se observa que la reforma pretende consolidar un procedimiento para fijar acuerdos colectivos distintos de los acuerdos entre la empresa y trabajador, tanto en la materia de inaplicación temporal y adaptación del convenio colectivo por causas empresariales, como de los procedimientos específicos al que el art. 41.4 del Estatuto de los Trabajadores se refiere, y al cual se remiten posteriormente diversas normas para formar una voluntad colectiva válida y trasladable a la decisión empresarial, en el caso de inexistencia de presencia sindical en la empresa, Sigue leyendo

La actualidad del Expediente de Regulación de Empleo

No exagero si digo que la actualidad de los Expedientes de Regulación de Empleo, es sencillamente que han desaparecido tal y como se conocían, tras esta reforma laboral hay un antes y un después en marco jurídico laboral, los cambios producidos serán cuanto menos históricos, me refiero la supresión de la autorización administrativa para llevar a cabo despidos colectivos, suspensiones y reducciones temporales de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, causas que por otro lado se precisan.

La intervención administrativa en las relaciones laborales, era lisa y llanamente una reminiscencia de la dictadura franquista, en el caso de los EREs, se remontaba nada más y nada menos que a la normativa de su creación esto es hacia 1944, nos damos cuenta de la envergadura de nuestro problema en el mercado laboral cuando observamos que puedan estar las cosas así, muchas voces se levantaron par suprimir esta reminiscencia, pero nadie hasta ahora se había osado a suprimirla, esta modificación legislativa que pensamos continuará tras la convalidación de la reforma laboral, supone la desaparición de los correspondientes procedimientos administrativos y los montajes artificiosos que por parte de la administración laboral de los famosos EREs.

La supresión de la intervención de la Administración en las relaciones laborales, es cuanto menos de agradecer, por un lado era fuente de una conflictiva dualidad jurisdiccional y de graves problemas de aplicación, y se ha eliminado de nuestro ordenamiento por el Decreto-Ley del pasado día 10 de febrero, dentro del respeto a la Directiva comunitaria sobre despidos colectivos.

El Decreto-Ley, instituye un procedimiento dentro de la empresa que combina el reconocimiento de la autonomía negociadora de los representantes de los trabajadores y de los empresarios, las facultades de dirección y gestión de estos y el poder revisor de los jueces de lo social ejercidos a través de una nueva modalidad procesal, la del despido colectivo.

UNA VISIÓN MICROSOCIAL DEL 15 M.

En “Los treinta años gloriosos” el economista francés, Jean Foursatié (1907-1990), presenta una visión microsocial del sistema económico. El autor analiza el seguimiento de las políticas del mercado de trabajo y de la productividad desde el final de la segunda guerra mundial hasta la crisis de 1973, la llamada edad de oro del capitalismo y desde esa fecha hasta lo que se llamo los siguientes veinticinco años decepcionantes. A partir de ahí, configura un entorno caracterizado por dos aspectos; cambios profundos en la economía y el mercado de trabajo, y cambios sociales e institucionales: la ruptura del viejo “pacto social”. Además, Foursatié, cuestiona el modelo de gestión interna de las empresas y el autoritarismo empresarial, probablemente, todos los beneficios de las economías de escala de la etapa industrial que generaron los sistemas de producción fordistas ya habían sido explotados, por estas y otras causas, se desvanecieron los impresionantes incrementos de la productividad de los años anteriores a 1973. Lo curioso es que refiriéndose a una aldea Douelle de donde era natural Foursatié, imagina como unos jóvenes (sin domicilio fijo y sin empleo) llegan a la ciudad y Sigue leyendo

Los números de 2010 en Management democrático

Hemos analizado estadísticamente el desempeño de este blog en 2010 y se presenta un resumen de alto nivel de la salud del  blog:

Los Números del blog

Un barco de contenedores puede llevar a unos 4.500 contenedores. Este blog fue visto cerca de 17,000 veces en 2010. Si cada cada visita fuera un contenedor, el blog llenaría 4 barcos.

En 2010, se publicaron 51 entradas nuevas, haciendo crecer el arquivo para 98 entradas. las imágenes fueron 38, ocupando un total de 4mb.


Eso son alrededor de 3 imágenes por mes.

El día que mas visita se recibieron fue el 15 de octubre with 313 views. The most popular post that day was El impacto de las TIC las tendencias en el mercado de trabajo en la UE..

Imagen destacada

¿De dónde vienen?

Los sitios de referencia más populares en 2010 fueran search.conduit.com, premya.es, mail.live.com, facebook.com y google.es.

Algunos visitantes buscan en el blog, sobre todo por declaración de insolvencia de una empresa, gestión del conocimiento, insolvencia de una empresa, empresa insolvente y nivel salarial.

Lugares de interés en 2010

Estas son las entradas y páginas con más visitas en 2010.

1

El impacto de las TIC las tendencias en el mercado de trabajo en la UE. octubre, 2009
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2

La insolvencia de la empresa y la responsabilidad del Administrador de la misma. marzo, 2009
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3

INFORME INDUSTRIA DEL CALZADO junio, 2008
2 comentários y 1 «Me gusta» en WordPress.com,

4

Los factores de cambio en el mercado de trabajo septiembre, 2009
7 comentários y 1 «Me gusta» en WordPress.com,

5

Productividad, nivel salarial y economía del conocimiento. febrero, 2010
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